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DIVISION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 1 0 9 0 8
22 de octubre, 2009
DJ-1704-2009
Señor
Juan José Flores
Superintendente General
Superintendencia General de Valores
Estimado señor:
Asunto: Se emite criterio en torno a la Resolución R-CO-10-2009, en relación con los presupuestos promedios de las entidades públicas.
Nos referimos a su oficio No. N01/0 mediante el cual solicita que conforme a lo dispuesto en el punto VI del ‘Por tanto’ de la Resolución R-CO-10-2009, emitida por la Contraloría General de la República, se calcule el presupuesto promedio para la adquisición de bienes y servicios y se incluya a la Superintendencia General de Valores (SUGEVAL) en la lista de entidades y órganos adscritos de la Administración Pública.
Criterio del Despacho
A. Elaboración de la lista por parte de la Contraloría General
El artículo 27 de la Ley de Contratación Administrativa establece que la Contraloría General se encargará de elaborar una lista con el nombre de cada Administración, así como el monto de su presupuesto autorizado, para respaldar la contratación de bienes y servicios no personales.
Agrega ese numeral, que para establecer dicho monto, se debe considerar el promedio de las sumas presupuestadas tanto en el periodo vigente como los dos periodos anteriores.
Además, los ministerios y los órganos que hayan desconcentrado sus servicios de proveeduría, se considerarán unidades separadas, para los efectos de la clasificación correspondientes.
Con base en lo anterior, este órgano contralor incluye en la lista, aquellas entidades que tengan personalidad jurídica plena o instrumental y que tengan separadas sus servicios de proveeduría, ya que sólo éstas pueden contratar por sí mismas.
B. Punto VI del Por tanto de la Resolución R-CO-10-2009
En el Diario Oficial La Gaceta No 23 del 3 de febrero de 2009, se publicó la resolución R-CO-10-2009, la cual incluye las instituciones de la Administración Pública con sus presupu ...
Fecha publicación: 25/10/2009
Fecha emisión: 22/10/2009
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS EXTERNOS DE INFORMACION
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DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 10767
20 de octubre, 2009
DJ-1655
Señor
Róger Solís Mora
Cédula de identidad 9-089-951
Teléfono: 2546-6755
Estimado señor:
Asunto: Se atiende consulta con respecto a la compra de un inmueble por parte del Liceo de Llano Bonito de León Cortés.
Damos respuesta a su nota de 29 de setiembre del año en curso, mediante el cual consulta a esta Contraloría General con respecto al procedimiento seguido para la compra de un terreno para construir el nuevo Liceo de Llano Bonito de León Cortés.
Sobre el particular hemos de indicar que en días pasados la Junta Administrativa del Liceo de Llano Bonito de León Cortés solicitó ante esta Contraloría General una autorización para comprar en forma directa un inmueble, con el fin de construir en él las nuevas instalaciones de ese centro educativo.
Por su parte, este Despacho, tomando en consideración la documentación aportada y las especiales circunstancias alegadas, otorgó a dicha Junta Administrativa una autorización de contratación directa concursada para la compra de un inmueble. Tal autorización se otorgó mediante el oficio No. 10600 (DJ-1592) del pasado 14 de octubre, del cual le adjuntamos copia.
Sin embargo, como parte de las condiciones establecidas en el citado oficio, se le indicó a la Junta Administrativa lo siguiente:
“2. Para la selección del contratista la Administración deberá elaborar unas bases cartelarias claras y específicas, con la ayuda de la Dirección de Infraestructura y Equipamiento del Ministerio de Educación Pública, y deberá invitar a por lo menos tres potenciales oferentes de la zona, incluido el señor Róger Solís Mora.”
Atentamente,
Licda. Marlene Chinchilla Carmiol
MSc. Celina Mejía Chavarría
Gerente Asociada
Abogada Fiscalizadora
Adjunto: copia del oficio No.10600-2009
CMCH/fjm
Ci:
Archivo Central
NI:
18984
G:
2009002597-2
] ...
Fecha publicación: 22/10/2009
Fecha emisión: 19/10/2009
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS EXTERNOS DE INFORMACION
R-DJ-185-2009
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División Jurídica. San José, a las diez horas del
siete de octubre de dos mil nueve. --------------------------------------------------------------------------------------
Recurso de revisión y solicitud de nulidad apelación interpuesto por CACISA en contra de la
autorización otorgada por medio del oficio Nº 13783 (DCA-4221) del 19 de diciembre de 2008 y del
Reglamento para la Conformación de un Registro de Elegibles para la Contratación Directa para la
Supervisión, Seguimiento y Control de los Proyectos de Conservación Vial de la Red Vial Nacional,
emitido por el CONAVI y publicado en La Gaceta No.45 del jueves 05 de marzo del 2009. -----------------
RESULTANDO
I. Que por medio del oficio Nº 13783 (DCA-4221) del 19 de diciembre de 2008, este Despacho procedió a
autorizar al CONAVI la aplicación de un procedimiento sustitutivo de contratación para contratar los
servicios de inspección de la Red Vial Nacional. ---------------------------------------------------------------------
II. Que el CONAVI, procedió a publicar el Reglamento para la Conformación de un Registro de Elegibles
para la Contratación Directa para la Supervisión, Seguimiento y Control de los Proyectos de Conservación
Vial de la Red Vial Nacional, con el fin de desarrollar el procedimiento sustitutivo de contratación
autorizado por este Despacho, en La Gaceta No.45 del jueves 05 de marzo del 2009. --------------------------
III. Que mediante escritos presentados el 19 de marzo del 2009, de fecha del 17 de marzo del mismo año,
la empresa CACISA, procedió a interponer un recurso de revisión y una solicitud de nulidad,
respectivamente, en contra de la autorización otorgada por medio del oficio Nº 13783 (DCA-4221) del 19
de diciembre de 2008 y del Reglamento para la Conformación de un Registro de Elegibles para la
Contratación Directa para la Supervisión, Seguimiento y Control de los Proyectos de Conservación Vial
...
Fecha publicación: 10/10/2009
Fecha emisión: 07/10/2009
Institución: CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS EXTERNOS DE INFORMACION
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DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al Oficio No. 09567
14 de setiembre, 2009
DJ-1124
Ingeniero
Rolando Hidalgo Villegas
Alcalde Municipal.
Municipalidad de Santa Bárbara
Estimado señor:
Asunto:
Se emite criterio respecto a la consulta formulada por la Municipalidad de Santa Bárbara, referida a si requiere refrendo contralor al contrato producto de la Contratación Directa Concursada 2009CD-0000043-CL, misma que fue aprobada por la Contraloría General mediante oficio DCA-1261 (04520) del 30 de abril de 2009.
Damos respuesta a su oficio OAMSB-472-2009 de fecha 9 de setiembre, recibido en esta Contraloría General el día 10 de setiembre.
I. Motivo de la consulta:
¿Requiere refrendo contralor el contrato producto de la Contratación Directa Concursada 2009CD-0000043-CL, o bien, si lo procedente es la aprobación interna?
II. Criterio de la División:
Para dar respuesta a la inquietud planteada, debemos tener claro que el artículo 3 del Reglamento sobre Refrendo para las Contrataciones de la Administración Pública, establece los siguientes puntos de interés para este caso:
“Artículo 3º—Contratos administrativos sujetos al refrendo. Se requerirá el refrendo en los siguientes casos:
1)
Todo contrato administrativo derivado de la aplicación del procedimiento de licitación pública, en el tanto el precio contractual alcance el límite inferior vigente para la aplicación de la licitación pública establecido en el artículo 27 de la Ley de Contratación Administrativa, según el estrato que corresponda a la Administración contratante, o bien cuando sea imposible estimar la cuantía en virtud de la naturaleza del negocio....
3)
Todo contrato administrativo derivado de procedimientos de contratación directa autorizados por la Contraloría General de la República con fundamento en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, en el tanto así lo disponga la Contraloría General en la autorización respectiva...”
Ahora bien, de conformidad con los lími ...
Fecha publicación: 17/09/2009
Fecha emisión: 14/09/2009
Institución: MUNICIPALIDAD DE SANTA BARBARA DE HEREDIA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS EXTERNOS DE INFORMACION
3936
FOE-PGAA-0210
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Fiscalización Operativa y Evaluativa. Área Servicios Públicos Generales, Ambientales y Agropecuarios San José, a las quince horas del dieciséis de abril de dos mil nueve. ------------------------------------------------------------------------------------------------
Se conoce solicitud de aclaración y adición de la resolución No. 3003 (FOE-PGGA-0140) de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa, Área de Servicios Públicos Generales, Ambientales y Agropecuarios, interpuesta por el Ingeniero Ronald Vargas Brenes, en ese entonces Director Ejecutivo del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), en cuanto a su justificación de la ausencia a la convocatoria para la presentación de los resultados del estudio, al cual se refiere el informe No. DFOE-PGAA-59-2008 del diez de diciembre de dos mil ocho de esta División de Fiscalización. La anterior solicitud, de conformidad con el oficio No. SINAC-SE-517, recibido por este órgano contralor a las quince horas y treinta y ocho minutos del veintitrés de marzo de dos mil nueve.---------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO:
ÚNICO: Vista la solicitud de adición y aclaración de la resolución No. 3003 (FOE-PGGA-0140) de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa, Área de Servicios Públicos Generales, Ambientales y Agropecuarios de las nueve horas del diecisiete de marzo de dos mil nueve, presentada por el Ingeniero Ronald Vargas Brenes, se acepta la aclaración solicitada únicamente en el sentido que el señor Vargas Brenes justificó su ausencia a la convocatoria hecha por esta Contraloría General, mediante oficio No. 13221 del nueve de diciembre de dos mil ocho, para asistir a la presentación de los resultados del estudio efectuado en el Ministerio del Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (MINAET), en relación con la gestión de ese Ministerio en las áreas silvestres protegidas ubicadas en las zonas cos ...
Fecha publicación: 19/04/2009
Fecha emisión: 16/04/2009
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: RECURSOS DE RECONSIDERACION Y REVOCATORIA CON APELACION EN SUBSIDIO
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS EXTERNOS DE INFORMACION
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DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al Oficio No. 01583
9 de febrero de 2009
DAGJ-186-2009
Ingeniera
Maureen Ballestero Vargas
Vicepresidenta
Comisión Permanente Especial de Ambiente
ASAMBLEA LEGISLATIVA
Estimada señora:
Asunto: Solicitud de información
Procedemos a dar respuesta a su oficio D.M.P.B.V. 584-08 de 10 de noviembre de 2008, recibido el pasado 19 de noviembre, se nos formulan varias inquietudes relacionadas con la imposición de la sanción de prohibición de ingreso o reingreso a cargos de la Hacienda Pública, al igual que sobre la existencia de procesos de investigación pendientes contra el actual Alcalde Municipal de Osa, señor Alberto Cole de León.
I.-Motivo de la gestión
Señala la señora Diputada que ha recibido información de que el actual Alcalde de la Municipalidad de Osa fue declarado disciplinariamente responsable por parte de la Contraloría General de la República, la cual ordena la inhabilitación por un período de cuatro años en cargos de la hacienda pública, ya sea por nombramiento o en puestos de elección popular, con fundamento en el artículo 72 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República.
Indica además que el dictado de la resolución fue dado con posterioridad a la elección del señor Cole, como Alcalde Municipal, por lo que este órgano contralor señaló que la sanción contenida en la resolución PA-30-2007, no afecta el ejercicio de su cargo actualmente.
En razón de lo anterior, solicita el criterio de esta Contraloría General sobre los siguientes aspectos:
¿Considera la Contraloría General de la República que existe conflicto de competencias con el Tribunal Supremo de Elecciones, para la suspensión de una persona de un cargo de elección popular?
¿Cuál es el procedimiento para hacer efectiva una resolución que determina la falta grave a las normas de control y fiscalización o sea condenada la persona penalmente por un delito contra la buena fe en los negocios ...
Fecha publicación: 09/02/2009
Fecha emisión: 06/02/2009
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS EXTERNOS DE INFORMACION
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Públicos Generales, Ambientales y Agropecuarios
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Públicos Generales, Ambientales y Agropecuarios
FOE-PGAA-0788
11
3 de noviembre, 2008
Al contestar refiérase
al oficio Nº 11554
3 de noviembre, 2008
FOE-PGAA-0788
Máster
Jorge Muñoz Guillén
Director Nacional de Deporte y Recreación
INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE
Y LA RECREACIÓN (ICODER)
Estimado señor:
Asunto:
Gestión para que se reconsidere el criterio de esta Contraloría General contenido en los oficios N° 13804 y N° 13808, ambos del año 2008, referente a la imposibilidad para el ICODER de asignar recursos a los Comités Cantonales de Deportes y Recreación.
En relación con el oficio DN-1758-08-08, mediante el cual se plantea una gestión para que se reconsidere el criterio de esta Contraloría General contenido en los oficios N° 13804 y N° 13808, ambos del año 2008, referente a la imposibilidad para el ICODER de asignar recursos a los Comités Cantonales de Deportes y Recreación, se indica lo siguiente.
I. ANTECEDENTES:
Mediante oficio N° 13804 (FOE-PGA-475) del 23 de noviembre de 2007, dirigido al Auditor Interno de ese Instituto, esta Contraloría General emite criterio sobre “...traslado de fondos del ICODER a los comités Cantonales de Deportes y el ejercicio de funciones dispuestas en el Convenio suscrito entre ambas instancias.” Con respecto al tema objeto de la solicitud de reconsideración se manifestó en lo que interesa:
“Sobre el particular, puede indicarse que los artículos 89 y 90 de la Ley de creación del ICODER, N° 7800, publicada en La Gaceta N° 103 del 29 de mayo de 1998, facultan a dicho instituto para ‘reglamentar la asignación de recursos a las asociaciones deportivas que el Estado destine para las organizaciones deportivas no gubernamentales’ y para ‘asignar’ recursos a las asociaciones deportivas de primer grado u otras, a las que la misma ley de ...
Fecha publicación: 06/11/2008
Fecha emisión: 03/11/2008
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE Y LA RECREACION (ICODER)
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS EXTERNOS DE INFORMACION
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Públicos Generales, Ambientales y Agropecuarios
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Públicos Generales, Ambientales y Agropecuarios
FOE-PGAA-0314
-2-
9 de junio, 2008
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 5212
9 de junio, 2008
FOE-PGAA-0341
Señora
Lisbeth Quesada Tristán
Defensora de los Habitantes
Estimada señora:
Asunto: Criterio con respecto a lo señalado por el Instituto de Desarrollo Agrario (IDA), entre otros, en el oficio No. PE-1434-2008, relativo al origen de los recursos destinados para la compra de tierras que hoy conforman el asentamiento campesino Río Magdalena
Me refiero a su oficio No 04627-2008-DHR del 13 de mayo del año en curso, mediante el cual solicita a esta Contraloría General emitir criterio con respecto a lo señalado por el Instituto de Desarrollo Agrario (IDA), entre otros, en el oficio No. PE-1434-2008, relativo al origen de los recursos destinados para la compra de tierras que hoy conforman el asentamiento campesino Río Magdalena, y para lo cual se hace referencia al oficio de este órgano Contralor No. FOE-SO-466 del 21 de diciembre del 2001.
En primer término, me permito aclarar que tal y como se desprende del citado oficio No. FOE-SO-466, ante consulta planteada por el Auditor General del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, este órgano contralor se pronunció en términos generales sobre la improcedencia legal para el IDA de vender parcelas adquiridas con recursos de FODESAF, no así de un proyecto específico ni de la situación de titulación o de registro de ninguna parcela en particular.
No obstante lo anterior, en relación con el objeto de la presente consulta, cabe mencionar que esta Contraloría General ha tenido conocimiento del oficio No DG-222-2008 del 16 de mayo de 2008, mediante el cual la Dirección General de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, órgano competente para resolver sobre el destino ...
Fecha publicación: 12/06/2008
Fecha emisión: 09/06/2008
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS EXTERNOS DE INFORMACION
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DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 02167
12 de marzo de 2008
DAGJ-0325-2008
Licenciado
Jorge A. Sauma Aguilar
Gerente General
CORPORACIÓN BANANERA NACIONAL (CORBANA)
Estimado señor:
Asunto: Consulta sobre la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública en torno a autorización de integración de más de 3 órganos colegiados
Nos referimos a su oficio Nº GG-623-07 de fecha 12 de octubre de 2007, que alude al oficio No.11660 de 023 de octubre de 2007 para señalar algunas de las conclusiones a que se llegó en este último, a la vez que aporta copia del dictamen C-009-2004 de la Procuraduría General de la República en el cual se analiza la naturaleza y régimen jurídico de la Corporación Bananera Nacional (CORBANA), señalando que en su criterio la Asamblea de Accionistas o la propia Junta Directiva de CORBANA puede autoregularse en materia de pago de dietas y conformación de órganos internos, porque aunque está sometida en primera instancia a la Ley No.4895 y sus reformas, en ausencia de normas se rige por el Código de Comercio y el derecho común. Por lo anterior, solicita se reconsidere la posición externada en el oficio 11660 respecto a la fuente jurídica pertinente para disponer y autorizar el pago de dietas, a fin de que no quede limitada únicamente al acta constitutiva o sus modificaciones.
Adicionalmente solicita pronunciamiento sobre las razones de interés público que estiman están contenidas en el oficio GG-623-07 de 17 de julio de 2007 para autorizar el pago de más de tres dietas en los casos expuestos en dicho oficio, aclarando que si bien el Comité de Auditoría fue creado en enero de 2005, los actuales miembros fueron nombrados en setiembre de 2005, por lo que en este caso se requiere también autorización para integrar este órgano y autorización para el pago de las dietas dado que ésta sería la cuarta.
· Criterio del Despacho
Una vez revisado y analizado el dict ...
Fecha publicación: 17/03/2008
Fecha emisión: 12/03/2008
Institución: CORPORACION BANANERA NACIONAL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS EXTERNOS DE INFORMACION
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios Públicos Generales, Ambientales y agropecuarios
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios Públicos Generales, Ambientales y Agropecuarios
FOE-PGAA-0040
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11 de febrero, 2008
Al contestar refiérase
al oficio Nº 01075
11 de febrero, 2008
FOE-PGAA-0040
Licenciado
Herberth Villavicencio Solano
Auditor Interno
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA
Estimado señor:
Asunto:
Respuesta a consulta efectuada sobre el régimen de empleo y los nombramientos del recurso humano que conforma la Unidad de Auditoría Interna de la Presidencia de la República y del Ministerio de la Presidencia.
Me refiero a su oficio No. AI-138-0708-07 del 7 de agosto de 2007, mediante el cual consulta a esta Contraloría General si es idóneo, conveniente y positivo que los puestos de los funcionarios de la Auditoría Interna de la Presidencia de la República y del Ministerio de la Presidencia, con excepción del ocupado por el Auditor Interno, se encuentren amparados al Régimen del Servicio Civil y si dichos funcionarios deben de gozar de la estabilidad laboral que proporciona el nombramiento en propiedad.
En ese sentido, se cita en el mencionado oficio de consulta lo estipulado por los artículos 24 y 27 de la Ley General de Control Interno, No.8292, en relación con las regulaciones y disposiciones administrativas de los funcionarios de la unidad de auditoría interna y la asignación de recursos humanos, materiales, tecnológicos, de transporte y otros que el jerarca debe realizar para que dicha unidad pueda cumplir su gestión; a su vez, se adjunta respuesta dada por la Dirección de Recursos Humanos de la Presidencia de la República y Ministerio de la Presidencia, con respecto a la consulta efectuada por esa Auditoría Interna en torno a las normas antes señaladas, y sobre las cuales señala esa Dirección que la dotación de recursos humanos que realice la Casa de Gobierno, no implica que los puestos pertenezcan ...
Fecha publicación: 14/02/2008
Fecha emisión: 11/02/2008
Institución: PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS EXTERNOS DE INFORMACION
Tesauro: Reformas, Dependencia organica y regulaciones administrativas aplicables